POR UNA SOCIEDAD LAICA / POR UNA ESCUELA LAICA
PADRES Y MADRES
Cuando matricules a tu hija o hijo en el colegio o instituto (público o concertado)
NO OLVIDES QUE:
Tienes DERECHO a que tus hijas o hijos NO ASISTAN A CLASE DE RELIGIÓN (católica, evangelista, judía o musulmana,) y a que todo su tiempo lectivo sea utilizado para desarrollar el currículo general. Por lo tanto, NADIE debe ser DISCRIMINADO en función de la voluntad que tenga una parte del alumnado de asistir a religión.
El deseo de unos, NO puede atentar contra la libertad y los derechos de otros.
NO tienes la obligación de contestar “SÍ” o “NO” a la hoja que el centro os presente sobre si queréis que vuestro hijo o hija reciba clase de religión. NO es constitucional tener que declarar, en documento público, sobre la ideología, la religión o las creencias. (Artículo 16.2 de la Constitución). (En todo caso el padre o la madre que quiera, puede hacer llegar a la escuela, el deseo de que su hijo o hija asista a clases de religión, sin que haya necesidad de preguntar al conjunto de las familias) Aunque hayas inscrito a tus hijos o hijas en religión, en cualquier momento del curso puedes cambiar de opción.
ESTUDIANTES
Tienes derecho a recibir una educación democrática, humanista y científica, que fomente el espíritu crítico, que tenga en cuenta la diversidad y eduque en la convivencia, que te enseñe a pensar y que defienda la libertad de conciencia. Evita que se os separe y discrimine formando grupos, en función de creencias religiosas.
PROFESORADO
Trabaja para que el alumnado adquiera una amplia cultura, y conozca la historia y las aportaciones artísticas, culturales y sociales de las religiones y de otras convicciones morales y filosóficas, pero dentro de las áreas de las ciencias sociales, de la historia o de la filosofía. Para ello NO es necesaria que la religión esté en la escuela.
A toda la comunidad educativa
La escuela no es el lugar adecuado para difundir la doctrina religiosa, sus códigos, rituales y libros sagrados. La asignatura de religión es una forma de catequesis que difunde una fe y un proyecto evangelizador, muchas veces en contra de los derechos fundamentales, de la normativa legal y de hechos demostrados científicamente (igualdad de género, relaciones afectivo-sexuales, prevención de enfermedades, etc.)
Si existe simbología religiosa en tu centro educativo, exige su retirada, ya que, en todo caso, representa sólo a una parte de la sociedad y no a toda.
Promueve, en tu centro, un proyecto educativo laico, que propicie los valores universales comunes a todas las personas.
Explica que la religión interrumpe el funcionamiento común e integral del horario lectivo e impide que ese tiempo se dedique a desarrollar otro tipo de áreas y aprendizajes. Con la normativa actual, la religión ocupa una media de 945 horas en el conjunto de las etapas Infantil y Primaria y de 45O horas en la ESO, carga horaria superior a la de materias tan importantes como la educación física o la edu cación artística.
SI TIENES ALGÚN PROBLEMA EN APLICAR LO QUE AQUÍ SE DICE COMUNÍCANOSLO Y NOS
ENCARGAREMOS DE DENUNCIARLO A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS Y EN LOS MEDIOS.
http://users6.nofeehost.com/cacereslaica/porunaescuelalaica8esp.html#derechos
ASOCIACIÓN EXTREMEÑA POR LA LAICIDAD Y LA LIBERTAD DE CONCIENCIA
¡Ni un paso atrás!
COMUNICADO de la Asociación Cuenca Laica por el que denuncia la incongruencia educativa de la clase de NADA.
Las madres y los padres de ACL, que no han elegido la clase de religión católica para sus hijos, dispuestos a colaborar estrechamente y comprometidos con la vida de los centros docentes, quieren expresar sus opiniones por el trato injusto que a consecuencia de aquella decisión legítima están recibiendo sus hijos con la clase de NADA.
Nos cuesta creer que se acepte como válida la opción de una clase de NADA en el horario lectivo de un Centro Escolar. No entendemos que para esa clase de NADA la ley disponga que los alumnos reciban una debida “atención educativa” que se revela sumamente dudosa con ese título y que se resuelve en una atención no programada, ni homologada, que produce una desorientación conceptual del hecho educativo en los alumnos y en sus propios tutores.
Esta “atención educativa” resulta especialmente desatendida porque no figura en el curriculo, porque está falta del más mínimo objetivo, porque a la clase de NADA no se le asignan competencias básicas, ni siquiera contenidos, porque carece de un planteamiento o un método pedagógico y porque, finalmente, es evidente que sobre una clase de NADA no se pueden aplicar criterios de evaluación.
Es sabido que en la realidad diaria los Centros no están sobrados de horas para completar sus programas ni abundan las aulas disponibles y por ello consideramos que debería además considerarse el despropósito que supone mantener una clase de NADA en esas circunstancias. Esta pérdida de tiempo lectivo para parte del alumnado supone una merma significativa al Derecho a la Educación, una educación común, igual para todos y creadora de igualdad de oportunidades.
Por todo ello entendemos y consideramos la clase de NADA un absurdo educativo que está provocando una forma de discriminación evidente que debe ser analizada, valorada y subsanada en la mayor brevedad posible.
La Asociación Cuenca Laica denuncia la incongruencia educativa de la clase de NADA.
Las madres y los padres de ACL, que no han elegido la clase de religión católica para sus hijos, dispuestos a colaborar estrechamente y comprometidos con la vida de los centros docentes, quieren expresar sus opiniones por el trato injusto que a consecuencia de aquella decisión legítima están recibiendo sus hijos con la clase de NADA.
Y para ello convocan una rueda de prensa en el Instituto Alfonso VIII de Cuenca, el jueves día 5 de junio de 2008 a las 19.30.
En dicha convocatoria se leerá un comunicado, se formularán preguntas dirigidas a las autoridades Educativas y se aportarán propuestas.
Coordinador provisional: Eduardo Soto
Denuncia de CL de la presencia de crucifijos en las aulas del CP Prácticas de Cáceres
Sr. Director del Colegio Público de Prácticas de Cáceres:
En el diario El Periódico de Extremadura, de fecha 03/05/2008, apareció la siguiente noticia: “El colegio público General Navarro de Badajoz ha retirado los crucifijos de las aulas. La decisión la tomó la dirección del Centro después de que se lo pidiera la Asociación de Padres, al entender que debería representar a los alumnos que profesan una religión distinta a la católica o ninguna religión.
Tanto la directora del colegio como el presidente de la Ampa han coincidido en que el asunto no merece darle importancia. Y llevan razón: no tiene importancia. Y menos en un Estado que, constitucionalmente, es aconfesional. De hecho, en la mayoría de los centros no hay símbolos católicos…”
Cáceres Laica es una asociación legalmente constituida el 21 de febrero de 2008, con registro nº 3 952, sección 1ª en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura,. Entre otras cosas defiende y trabaja para:
• La separación “iglesias-Estado”
• La no-financiación de las iglesias ni de los sueldos de pastores, catequistas, profesores (de su religión) u obispos, con dinero público.
• La exclusión de las religiones de la escuela pública.
• La denuncia del Concordato y de los Acuerdos de 1979 del Estado español con la iglesia católica…
Habiendo tenido noticias de que en el colegio que usted dirige existen en todas las aulas un crucifijo, símbolo propio de los cristianos, y siendo dicho colegio de entidad PÚBLICA le solicitamos que en aras de respetar la libertad de conciencia de toda la comunidad educativa RETIRE dichos crucifijos ateniéndose a lo que nuestra Constitución proclama “…ninguna confesión tendrá carácter estatal…” Respetamos las creencias de todos pero no podemos admitir que las trasladen ni impongan en los lugares PÚBLICOS donde trabajan. Nada objetaríamos si se tratara de un colegio privado.
Como dice el Tribunal Constitucional en su sentencia 46/2001 del 15 de febrero en su fundamento jurídico 4, el artículo 16.3 de la Constitución Española introduce «una idea de aconfesionalidad o laicidad positiva que veda cualquier tipo de confusión entre fines religiosos y estatales (Sentencia del Tribunal Constitucional 177/1996)». Así pues, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que interpreta el carácter de nuestra Constitución, debe ser evitada toda confusión de sujetos, actividades y objetivos o fines públicos con lo religioso, al objeto de conseguir la efectividad de los principios de separación y neutralidad que deben regular las relaciones del Estado con todas las confesiones.
Según sus declaraciones coloca los crucifijos porque los profesores son católicos ¿? ¿Se imagina, debido al aumento de otras confesiones, algunas de ellas con acuerdos con el Estado, que el director de turno de cualquier colegio público, de acuerdo con sus creencias, colocara el símbolo que quisiera? Imagínese cualquier cosa, sí cualquier cosa. Ni siendo católicos todos: los profesores, los 400 alumnos aproximadamente, los padres de éstos y todos los demás miembros de la comunidad educativa, tendría usted derecho a ello. Por esta lógica se darían casos, admitirá usted, esperpénticos.
Tome nota del colegio General Navarro de Badajoz y de la mayoría de los colegios públicos de nuestra Comunidad. Sea exquisitamente NEUTRAL, no se resista a la realidad y respete a todos, sea el Director de todos. Esto es precisamente lo que defienden las personas laicas y en concreto nuestra Asociación: respeto de todas las creencias y que cada una de ellas se despliegue en su espacio, sin ocupar lo público que es de todos. Las creencias pertenecen al ámbito privado y como tal ese es su espacio.
Atentamente
Javier Escudero
Vocal de Educación de Cáceres Laica
Cáceres, miércoles 14 de mayo de 2008
Actualidad
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