Cáceres Laica
CIF G-10378966 DOMICILIO C/ Isla de Tenerife Nº 20 1ºD
LOCALIDAD: Cáceres PROVINCIA: Cáceres
EXPONE:
- Que en el local elegido por la Oficina del Censo Electoral de la provincia Caceres para albergar las mesas del distrito 4 Sección 3 Mesa Única y las mesas del distrito 4 sección 14 mesas A y B, se encuentra de forma prominente y ostentosa, en el propio local o accesos al mismo, simbología religiosa de la confesión católica, al tratarse de una capilla de Parroquia
- Que la jerarquía católica ha manifestado durante la campaña electoral unas directrices para orientar el voto de los ciudadanos, convirtiéndose de esta manera en actor político además de religioso.
- Que el carácter temporal del uso de estos locales por parte del Estado no puede esgrimirse para eximirlos del cumplimiento de los criterios de neutralidad ideológica y confesional que ha de tener toda actividad del mismo, más aún cuando están destinados a la participación política de todos los ciudadanos en el máximo ejercicio de soberanía popular.
- Que por el contrario, a la vista de diversos dictámenes de Defensores del Pueblo autonómicos, la colocación de un símbolo religioso en un local electoral impregna de su significado a cuantas personas se encuentren en el citado local, obligando a éstas personas a soportar su identificación necesaria con un símbolo que no representa su creencia o convicción.
- Que, además, la designación por parte del Estado de locales con símbolos cristianos para el desarrollo del proceso electoral supone una confusión palmaria entre la acción del Estado y la de la Iglesia católica o sus organizaciones, y otorga carácter de oficialidad a esta confesión, violando el artículo 16.3 de la Constitución.
Por todo ello
SOLICITA:
- Que se retiren, o se oculten de la vista, los símbolos religiosos que se encuentran en el local electoral y sus accesos.
- Que se recoja esta queja en el parte de incidencias de esta mesa.
- Que en futuros procesos electorales se excluya este local de los elegibles para acoger Mesas Electorales.
- Que se eleve esta instancia a la autoridad electoral competente.
Sin otro particular,
Cáceres a 6 de junio de 2009
Fdo: Milagrosa Carrero Sánchez
Presidenta de Cáceres Laica.
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